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Informe Semanal Disponible

Jurisprudencia al servicio de su defensa

Análisis semanal de las sentencias más relevantes en derecho concursal, inmobiliario, mercantil e hipotecario. Conocimiento que protege sus intereses.

Especialización

Áreas de Práctica

Derecho Concursal

Segunda Oportunidad, exoneración del pasivo insatisfecho, concursos de acreedores y reestructuraciones.

Derecho Inmobiliario

Compraventas, arrendamientos, propiedad horizontal, desahucios y ejecuciones hipotecarias.

Alquileres Vacacionales

Regulación autonómica en Canarias, comunidades de propietarios y viviendas turísticas.

Derecho Mercantil

Contratos mercantiles, sociedades, responsabilidad de administradores y gobierno corporativo.

Derecho Hipotecario

Cláusulas abusivas, vencimiento anticipado, IRPH, gastos hipotecarios y reclamaciones bancarias.

Defensa Tributaria

Nulidad de sanciones por defectos de notificación, recursos ante Hacienda y defensa del contribuyente.

+500

Casos resueltos

95%

Tasa de éxito

+15

Años de experiencia

4,8/5

Valoración clientes

Confianza

Lo que dicen nuestros clientes

"Gracias a AlyAbogados conseguí la exoneración de mis deudas a través de la Ley de Segunda Oportunidad. Después de años de angustia, por fin puedo empezar de cero."

Carlos M.

Autónomo — Las Palmas

"Nos reclamaban gastos hipotecarios que creíamos perdidos por prescripción. El equipo de Lázaro consiguió que el banco nos devolviera más de 3.000 euros."

María y Pedro L.

Particulares — Tenerife

"Nuestra comunidad de propietarios necesitaba frenar el alquiler vacacional. Nos asesoraron con rigor y logramos un acuerdo que fue avalado judicialmente."

Comunidad Playa del Inglés

Comunidad de Propietarios — Gran Canaria

Alerta para empresarios

¿Sabías que tu sanción de Hacienda podría ser nula?

El Tribunal Supremo ha dictado sentencias contundentes que anulan sanciones por defectos en la notificación. Si Hacienda no te notificó correctamente, el procedimiento puede haber caducado y la sanción ser nula de pleno derecho.

3 claves del Supremo

01

El domicilio designado por el contribuyente prevalece sobre la notificación electrónica.

02

Sin prueba fehaciente de la notificación, no hay plazo que corra contra el contribuyente.

03

La indefensión por error en la dirección anula todo el procedimiento sancionador.

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